El Lic. Leonardo Tabella, vocal del Colegio de Técnicos Distrito 5, indica que se considera un Equipo de Protección Personal a «cualquier equipo destinado a ser llevado o sujetado por el trabajador para que lo proteja de uno o varios riesgos que puedan amenazar su seguridad o su salud, así como cualquier complemento o accesorio destinado a tal fin».
👉Criterios para su empleo:
☑Los EPP deben ser de uso individual y no intercambiable.
☑Los EPP se utilizarán cuando los riesgos no hayan podido evitarse o limitarse suficientemente por medios técnicos (protección colectiva, procedimientos o métodos de organización del trabajo) y quede aún un riesgo significativo.
☑También debe contemplarse su utilización como un complemento de seguridad.
📌Recuerde:
☑Proteger la integridad física del trabajador en su puesto de trabajo es un derecho y deber que todos tenemos, y el uso correcto de los E. P. P. contribuye a ello.
☑Olvidarse de utilizar un E. P. P. o utilizarlo de forma incorrecta, es un hecho preocupante, si no grave, ya que en ello va implicada nuestra seguridad y salud.
⛑El uso de E. P. P. no certificados, modificados de forma no prevista por el fabricante, caducados o en mal estado equivale a no llevar nada, es decir, a estar expuesto al riesgo.
🚧El Técnico en Higiene y Seguridad matriculado puede diseñar, inspeccionar y controlar equipos y elementos de protección personal y colectiva.

