Teniendo en cuenta que se ha flexibilizado el aislamiento obligatorio en diferentes zonas del territorio bonaerense, habilitándose tareas profesionales afines a nuestros colegiados, el Consejo Superior creó el Certificado de Visado Previo (CVP).
Desde el 13 de mayo el CVP permite realizar la intervención colegial correspondiente, debiéndose cumplimentar lo dispuesto por la Resolución N° 1.170/20.
El matriculado y/o registrado solicitará el CVP, desde su correo electrónico declarado colegialmente, adjuntando la documentación detallada en el Anexo II, de la Resolución en referencia y toda aquella que le requiera el Colegio de Distrito.
PASOS PARA SOLICITAR EL CVP:
El matriculado y/o registrado solicitará el CVP, aportando la documentación requerida, en formato PDF, y dirigido EXCLUYENTEMENTE DESDE SU CORREO ELECTRÓNICO DECLARADO ANTE NUESTRO COLEGIO.
El modelo de solicitud y la documentación exigida (Res. 1170/20 Anexo II) deberán ser enviados a al mail de la delegación que le corresponda.
El mail debe contener en el asunto: Solicitud de Certificado de Visado Previo (CVP) Área (la que corresponda).
En el cuerpo del mail aclarar:
Nombre, apellido y número de matrícula
Número de ficha
Comitente
Dirección y localidad
Y los archivos adjuntos deben estar en un solo PDF, de boletas CEP (con pago acreditado), CAAIITBA con recibo, art 29, contrato, anexas, planos, actas de obra, informes CAIE etc. Como si fuera un legajo actual a presentar en una delegación (recomendación de usar soft para crear pdf’s: pdfcrator, print pdf. ¡Todos con firmas originales de comitente, legibles! (a excepción del plano no es necesario que tenga firmas solo un pdf creado con autocad u otro soft). Si hay algún error se rechaza el CVP.
La obtención del CVP obliga a que, una vez culminado el Aislamiento Obligatorio en todo el territorio de nuestra Provincia, en un plazo máximo de 60 (sesenta) días corridos, se deberá completar el visado colegial presencial correspondiente a las Resoluciones vigentes que se aplican para el control en nuestra colegiatura. (Art. 4° Res. 1170/20).
Cuando finalice la cuarentena o se habiliten los visados en forma física, todo debe coincidir con en CVP 100% enviado por el matriculado al email de la delegación.
ACLARACIÓN IMPORTANTE: Toda la documentación que se adjunte en el mail será guardada en archivos del Colegio. Las mismas serán revisadas al momento del visado definitivo y solo se realizará el sellado de la documentación que está archivada. Es decir, que no se puede agregar documentación que no esté en dichos archivos.
El incumplimiento de la obligatoriedad expuesta en el artículo 4°, producirá el bloqueo matricular del colegiado en cuestión. Hasta que se cumplimente el visado definitivo. (Art. 5° Res. 1170/20).
El visado interdistrital no está permitido para CVP, se debe respetar a la localidad que distrito le corresponde. El CVP debe ser solicitado exclusivamente ante el Colegio de Distrito que corresponda la ubicación de la obra y/o la tarea profesional encomendada. (Art. 6° Res. 1170/20).
Correos de contacto mediante los cuales se tramitará el CVP en el Distrito 5:

